Este domingo 13 de agosto entró en vigencia la segunda etapa de la Ley de Plásticos de un Solo Uso, luego de su aprobación en 2022, donde se prohibió el uso de elementos como revolvedor, cuchara, tenedor, bombillas, y también los envases de plumavit.
Esta nueva fase de la normativa, obliga a los almacenes y minimarkets a contar con la posibilidad de recibir y vender bebidas en envases retornables.
¿Cuáles son las multas de no cumplir con la Ley de Plásticos de un Solo Uso?
Para aquellos locatarios que no respeten esta segunda etapa de la Ley de Plásticos de un Solo Uso, se arriesgan a multas entre 1 y 60 UTM (entre $63.199 y $3.791.940), dependiendo de la cantidad de días que no se respete la normativa.
Si bien son los municipios los encargados de fiscalizar su cumplimiento, la ciudadanía también puede hacerlo a través de los Juzgados de Policía Local.